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La traducción a este idioma se hizo de forma automática y puede contener errores. La versión que vale es la hebrea. Antes de basarse en un dato, conviene confirmarlo en el sitio oficial de la entidad correspondiente o con un profesional.

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Poder continuado: quién se ocupará de mis asuntos si yo no puedo

Un poder continuado (ייפוי כוח מתמשך) es un documento en el que usted elige de antemano quién se ocupará de sus asuntos si algún día no puede hacerlo por sí mismo. Puede ocurrir, por ejemplo, por una enfermedad o por demencia. Así se puede evitar llegar a un tutor nombrado por un tribunal.

Algunos datos de esta guía todavía se están revisando con la fuente oficial. Conviene confirmarlos en el sitio de la entidad correspondiente antes de basarse en ellos.

Qué es y por qué es importante

Usted elige a una persona de su confianza. Se llama **apoderado**. Usted decide qué podrá hacer: ocuparse del dinero y de los bienes y, a veces, también de asuntos médicos y personales. El documento entra en acción **solo** si usted deja de ser capaz de ocuparse por sí mismo. Hasta entonces, decide usted solo.

  • Elegir a una o más personas de confianza
  • Hablar con ella de antemano y asegurarse de que está dispuesta
  • Pensar qué quiere que pueda hacer y qué no

La diferencia con la tutela

La **tutela** (אפוטרופסות) es un nombramiento que hace un tribunal cuando la persona ya no es capaz. El trámite es largo, y el tribunal elige quién se ocupará. El **poder continuado** se hace de antemano, mientras usted está sano y comprende, y usted elige. Por eso se considera una forma que respeta más su voluntad.

    Quién puede hacer un poder continuado

    Una persona adulta (mayor de 18 años) que comprende el significado del documento y sus consecuencias. Es importante hacerlo **temprano**, mientras sea claro que usted comprende. Después de que la capacidad se deteriora, ya no es posible.

      Cómo se hace, paso a paso

      1. Busque un abogado que haya recibido capacitación del Tutor General (האפוטרופוס הכללי). Solo él puede redactar el documento. 2. En la reunión usted dice cuál es su voluntad, y el abogado redacta el documento y se asegura de que usted lo comprende. 3. Usted y el apoderado firman. 4. El abogado deposita el documento en el registro del Tutor General. Solo después de la confirmación del depósito y del sello el documento se considera aprobado. 5. Cuando algún día lo necesite, se presentará un dictamen médico, y el Tutor General confirmará que el documento entra en vigor. Duración del trámite del depósito: según el sitio oficial, 21 días hábiles desde la recepción de todos los documentos (vuelva a comprobarlo al presentarlo).

      • Preguntar al abogado si recibió capacitación del Tutor General
      • Preguntar de antemano cuánto cuesta, incluida la tasa
      • Recibir una copia del documento y la confirmación del depósito
      • Contar a los familiares dónde está el documento

      Qué conviene saber sobre el dinero

      Las acciones grandes del apoderado, como regalos grandes o transacciones por montos altos, requieren la aprobación del Tutor General. Los montos cambian, por eso consulte el sitio oficial antes de basarse en ellos. El apoderado debe actuar en su beneficio, y no en el suyo propio.

        Lo que no está aquí

        El monto de la tasa y el costo del abogado no se verificaron aquí y no se escribieron. Pregunte al abogado y consulte el sitio del Tutor General.

          Etapas del trámite de la solicitud

          1. Elegí un apoderado
          2. Me reuní con un abogado autorizado
          3. Firmado
          4. Depositado ante el Tutor General
          5. Recibí la confirmación del depósito

          Esta guía sirve para explicar y orientar. No es asesoramiento legal y no reemplaza a un abogado. Antes de decidir y firmar, consulte a un abogado autorizado.

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